miércoles, 27 de octubre de 2021

Filosofía y violencia en Jorge Millas

"Millas propone usar la noción de "secuestro" para caracterizar la situación en que termina inscribiéndose el revolucionario. Éste queda expuesto a experimentar, en algún momento y en algún nivel de conciencia, una libertad impedida por el poder subyugante de la ideología y del movimiento. "Elegida la revolución como fin, quien se decidió por ella cerró la puerta de su propia trampa. A partir de ese momento se halla secuestrado por el poder de una decisión que quizás -aunque éste no es siempre el caso- haya sido un acto libre en su origen, pero que, dado su carácter -hacer la revolución, sin más- lo sujeta a su implacable automatismo. En vano podría invocar el secuestrado, o quien hiciera apología de su misión violenta, su propósito de servir los intereses de la Humanidad. Dichos intereses no pueden serle ajenos, en la medida en que la revolución es el fin mismo y constituye un sistema cerrado, autosuficiente, dotado de su propia legalidad, tanto histórica como ética. Esta es la situación común de todo militante de causas mesiánicas, sistematizadas como ideologías o cruzadas. Por supuesto, es también la trampa que se cierra sobre el cruzado antimarxista y sobre todo adorador de fetiches consagrados al fantasma de la Humanidad" (Millas 1975: 20).

Los violentos de cualquier índole, marxistas o antimarxistas, como lo explicita Millas, cuando llegan a ocupar el espacio de la vida política, "es la sociedad entera la que es secuestrada, cae, en lo concerniente a su destino colectivo, bajo el poder de quienes, arrogándose su representación, deciden sobre el bien y el mal actuales y futuros. También en esta perspectiva más general se hace presente el rasgo de inapelabilidad tan característico de la violencia: ante ella, ni siquiera la Humanidad, en cuyo nombre opera, tiene posibilidad de apelación". (Millas 1975: 20).

FILOSOFÍA Y VIOLENCIA EN JORGE MILLAS (scielo.cl)

“Cuando un hombre dice que está construyendo una casa para sí y su posteridad, él no pretende que se entienda que él quiere obligar a su posteridad a hacer uso de ella, ni se infiere que sea tan tonto como para imaginar que tiene algún derecho o poder para obligarlos a vivir en ella. En lo que a ellos concierne, él sólo pretende que se entienda que su esperanza y motivación para construir la casa es que ellos, o por lo menos algunos de ellos, pudieran encontrar satisfacción viviendo en ella.

Entonces, cuando un hombre dice que está plantando un árbol para sí y su posteridad, él no pretende que se le interprete como si estuviera diciendo que él piensa de alguna manera obligarlos, ni se infiere que es tan tonto como para imaginar que él tiene algún derecho o poder a compelerlos a comer los frutos. En lo que a ellos concierne, él sólo pretende expresar que su esperanza y motivación al plantar el árbol es que los frutos sean agradables para ellos.

Así fue con los que originalmente adoptaron la Constitución. A pesar de cualquier intención que hayan tenido personalmente, el significado legal de su lenguaje, en cuanto concernía a su “posteridad”, era simplemente que su motivación y esperanza al hacer el acuerdo era intentar promover su unión, seguridad, tranquilidad y bienestar; y que pudiera tender a “asegurarlos en las bendiciones de la libertad”. El lenguaje no asegura ni implica ningún poder, derecho o disposición de las partes contratantes originales de compeler a su “posteridad” a ser regida por él. Si hubieran tenido la intención de vincular a su posteridad al contrato, debieron haber dicho que su objetivo era, no “asegurarlos en las bendiciones de la libertad”, sino convertirlos en esclavos; porque si su “posteridad” está vinculada al contrato, no es más que esclava de sus tontos, tiránicos y difuntos abuelos”. La Constitución sin autoridad. No es traición. Lysander Spooner.