domingo, 15 de agosto de 2021

Chile ¿"res pública"?

Respecto a la moción levantada en la Constituyente sobre cambiarle el nombre de República a Chile, han surgido posturas en contra, argumentando que eso pondría en riesgo la cualidad republicana del país. Según Mauricio Daza, el artículo 135 de la ley 21.200 explica claramente que la nueva Constitución no puede cambiar su calidad de República ni cambiar el sistema democrático. Por lo tanto, con el cambio de nombre propuesto, Chile no dejaría de ser una República o, más bien dicho, no debería. En cualquier caso, suscribo la postura del constituyente Agustín Squella sobre este tema, quien señala que el concepto mismo de República ya entraña en sí justamente la “res pública”, la cosa pública, dentro de la cual converge perfectamente la idea plurinacional que se tiene en mente desde la Convención. Me quedo, en lo particular, con el sentido originario de República de Chile como independiente políticamente de la colonia española, y con el sentido liberal democrático de la división y separación de los poderes del Estado.

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