domingo, 4 de abril de 2021

La sentencia que absolvió a un hombre acusado de transitar por una calle vacía en pleno toque de queda y sin salvoconducto fue calificada como "Supremazo", ya que se consideró prácticamente como algo disonante con la ley y el sentido común. Sin embargo, si uno indagase en las razones de la absolución, daría por probado que el acto de transitar por una calle vacía no implica necesariamente un peligro potencial a la salud pública, toda vez que el sujeto caminante en cuestión no podía contagiar a nadie, puesto que todos se encontraban en sus casas a esas horas de la noche. El fallo de la Corte apuntó que el hombre deberá responder por la vulneración del toque de queda, mas no por la responsabilidad penal atribuida en un comienzo. Si no fuera por esta interpretación legal, literalmente, el solo acto de caminar a la intemperie habría sido concebido como un delito. Demuestra que el Leviatán llamado Estado ha abusado de su potestad punitiva, en nombre de la Salud y el Orden. Como diría el clásico liberal Herbert Spencer: "Limitar la libertad de cada uno a la libertad del otro, excluye de realizar acciones impropias, pero no excluye a otras más inadecuadas"

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