viernes, 17 de agosto de 2018

¿Cómo se supone que tenga nombre algo que no alcanzó a nacer? ¿El mero hecho de nombrarlo le imprime existencia legal a aquello que nunca nació? ¿El no nacido sería, en este sentido, por el hecho de llevar un nombre, un no nacido que cobra existencia nominal en el puro recuerdo? ¿El nombre tendría, en definitiva, una cualidad civil y fundacional más allá, o mejor dicho, más acá de la vida, más allá de la muerte biológica? Interrogantes que "nacen" producto de tan paradójico proyecto de ley. Lo pro vida devenido pro mortinato.

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